Lo que tienes que saber de las etiquetas de productos alimenticios


Tener un producto frente a nosotros y entender todo lo que nos dicen las etiquetas cuando se trata de alimentos a veces es complicado, ahora imagina que quieres comercializarlos y tú tienes que hacer la etiqueta, para eso estamos aquí para orientarte e informarte sobre este y otros temas relacionados. Comencemos por comprender que las etiquetas de productos alimenticios son la forma de comunicación entre los fabricantes y los distribuidores de estos alimentos en primera instancia y en segunda, entre sus compradores y los consumidores, por lo tanto, debe cumplir ciertas características para unificar la información y facilitar su comprensión. La información de las etiquetas de los productos alimenticios puede variar según a la categoría que pertenezcan, por supuesto el común denominador es que no contengan datos falsos o engañosos que puedan provocar confusión o una impresión errónea referente a su naturaleza o que los pueda relacionar con otro producto que en realidad no sea. Para ello existen regulaciones que dictan la información que debe llevar el etiquetado para cumplir y evitar sanciones o multas. Estos son los puntos básicos que las etiquetas de los productos alimenticios deben contener:
- Nombre del alimento. Debe incluir el nombre del producto donde se hace referencia a la marca y denominación del producto, así como la explicación genérica de qué es, si no hubiera una palabra para ello se utiliza una descripción como “papas fritas con sabor adobo”.
- Contenido neto. Especificar en la etiqueta el contenido neto del alimento en unidades del sistema métrico, si es un producto líquido expresarse en volumen, en sólidos en peso y en aquellos semisólidos o viscosos puede ser en cualquiera de los dos.
- Lista de ingredientes. A excepción de los productos que contengan un solo ingrediente, deberán enumerarse todos los componentes en orden decreciente de peso inicial en el momento de la fabricación del alimento en cuestión.
- Nombre y dirección del responsable del producto.
- País de origen. Es obligatorio.
- Identificación del lote. Impresión indeleble en clave o lenguaje claro que permita la identificación de la fábrica quien lo produce y su lote.
- Fecha de caducidad o preferente de consumo. Es uno de los datos más importantes, por eso será necesario que le etiqueta lleve esta información, en día y mes, para productos de duración no superior a tres meses y en año y mes para la duración igual o mayor a tres meses.
- Instrucciones de uso y almacenamiento. Especificar el modo de empleo es indispensable para que el consumidor pueda seguir dichas indicaciones y evitar usos equívocos.
- Declaración nutrimental.
- Leyendas precautorias y declaración de alérgenos.
- Declaración nutrimental complementaria. Se refiere a sellos y leyendas adicionales de acuerdo a lo dicten las normas.
Por supuesto, puede haber datos adicionales para el etiquetado, esto dependerá de las regulaciones vigentes, por lo general, la información que deben contener las etiquetas de los productos alimenticios está basada en Normas Internacionales como el Codex Alimentarius de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), el objetivo es proteger a los consumidores y ofrecerles la seguridad de que están ingiriendo un producto saludable, inocuo y de calidad, por otro lado, en México nos regimos también con la NOM 051-SCFI/SSA1-2010, que recientemente fue modificada, privilegiando al artículo 4 de la Constitución que dictamina que toda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, por ello, esta norma ahora establece que los productos alimenticios y bebidas no alcohólicas que excedan en el contenido de nutrimentos críticos como azúcares, calorías, sodio, grasas trans y grasas saturadas deben llevar un sello negro en forma octagonal como advertencia. La razón principal de esta modificación a la NOM 051 es contribuir directamente a prevenir la alta prevalencia de sobrepeso y obesidad en México, ocasionada por la asequibilidad de los alimentos y bebidas, el ambiente alimentario, mayor ingesta que gasto calórico, así como la exposición a publicidad a través de medios de comunicación masivos y digitales.
La NOM 051 también establece en sus modificaciones que si los productos tienen sellos de advertencia o leyendas precautorias no podrán presentar personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades o deportistas; no podrán hacer alusión a descargas o elementos interactivos; no deberán tener declaraciones de propiedades saludables o nutrimentales; tampoco reconocimientos de Organizaciones o Asociaciones de Profesionales de la Salud; deberán presentar la declaración nutrimental en kcal por 100 g y por envase, así como declaración de alergenos y contenido de nutrimentos críticos añadidos.
Las ventajas de los cambios que se han hecho a la NOM 051 es que se evalúa de manera más rápida la calidad nutricional de un alimento, ya que es lo que mejor entiende la población, facilita la toma de decisiones alimentarias saludables y promueve la reformulación de alimentos ultra procesados.
Informarte sobre este tema es fundamental para que concretes tu proyecto de fabricación y/o comercialización de algún producto alimenticio, ya que el etiquetado es obligatorio y el no cumplimiento de estas regulaciones puede traer consecuencias como multas, sanciones o incluso la prohibición de su distribución, si consideras que requieres mayor información, te recomendamos una consultoría que te ayude a cumplir con todos los lineamientos sobre este tema, nosotros somos especialistas en constante actualización, nos encantaría ser el medio para el etiquetado correcto, que no solo cumpla con las normas, sino que sea amigable para tu consumidor.