Fundamentos Jurídicos del Aviso de Publicidad

Aviso de Publicidad

El deber de cuidar la integridad de la población desde el punto de vista de la Salud, le corresponde a la Comisión Federal de Protección contra Riesgos Sanitarios, que es un organismo que pertenece a la Secretaría de Salud, que en su afán de cumplir su cometido cuentan con diversas estrategias, desde trámites que deben realizar los que se dedican al ámbito sanitario hasta leyes y normativas que señalan cómo es que deben realizarse ciertas cosas, entre ellas, la publicidad. Uno de los trámites necesarios cuando de difundir un producto o servicio sanitario se trata es el Aviso de Publicidad, de forma específica se solicita para las actividades profesionales como medicina, odontología, veterinaria, biología, bacteriología, enfermería, trabajo social, química, psicología, ingeniería sanitaria, nutrición, dietología, patología y sus ramas; actividades técnicas, auxiliares y de especialidades; Alimentos y Bebidas no Alcohólicas; Insumos para la Salud, cuando se dirija a profesionales de la Salud y productos de perfumería, belleza y aseo.

Ya que sabes cuando es que se solicita este trámite, ahora queremos compartirte cuáles son los fundamentos jurídicos del Aviso de Publicidad, ya que te ayudará a comprender mejor este proceso. Por supuesto está la COFEPRIS que a través de la Ley General de Salud y su respectivo Reglamento que tiene como objetivo establecer los lineamientos para el control sanitario de la publicidad de los productos, servicios y actividades a que se refiere dicho Reglamento. 

Por otro lado, independientemente del Aviso de Publicidad está presente la PROFECO con su Ley Federal del Protección al Consumidor y su Reglamento, esto para regular la conducta comercial publicitaria de los productos en cuestión. 

No podemos olvidar que también está dentro de la Regulación Sanitaria Nacional las Normas Oficiales Mexicanas, encargadas de regular la calidad y evaluación de ciertos productos y servicios que se comercializan en México y que, en algunas de ellas también hay disposiciones en materia de publicidad, que es lo que nos atañe en esta publicación. Como es el caso de la NOM 051, en la que uno de sus artículos regula los personajes y dibujos infantiles que pueden o no aparecer en empaques de Alimentos y Bebidas no Alcohólicas.  

Si la publicidad se trasmitirá por un medio como radio y televisión, entonces también debemos considerar la Ley de Radio y Televisión, que cuenta con disposiciones que orientan la difusión de los productos o servicios. 

El Aviso de Publicidad, entonces, tiene su fundamento en la Ley General de Salud, a través del Reglamento que ya comentamos, en donde se estipulan qué cosas son o no permitidas en las campañas publicitarias de los productos o servicios objetos de este trámite. Al ser un tema delicado te sugerimos que si no estás informado correctamente al respecto, no te arriesgues a comenzar con la publicidad, ya que puedes ser objeto de sanciones. Si requieres apoyo con este proceso ponte en contacto con nosotros, ya que como expertos sabemos exactamente qué es lo que puedes decir en tu anuncio. 

Share on facebook
Share on twitter
Share on linkedin
Share on whatsapp

Lo más buscado